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Ilustración

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La Ilustración


1.- La Ilustración: características generales


La época de la Ilustración se desarrolla en la segunda mitad del siglo XVIII y se puede considerar como el precedente del liberalismo y puente hacia la época moderna. Se puede considerar también el movimiento renacentista como una antesala de la Ilustración.

El Renacimiento supone acabar con una ideología de carácter seglar. Hasta el siglo XVII se consideraba a Dios como centro de la política y de la sociedad (postura teocéntrico). Después se pasa a una postura antropocéntrica en la que el hombre se considera centro de sus circunstancias. Otro factor importante en los cambios fue la Reforma Luterana del siglo XVI con el rechazo de Lutero hacia los planteamientos del Papado.

Se puede decir, por tanto, que la Ilustración se va a plasmar a partir del siglo XVIII y en torno a un sector social elitista. Surge de personas vinculadas a los estratos más altos de la sociedad, pensadores como Rousseau, Montesquieu o Voltaire. Los filósofos, atendiendo a la filosofía del momento, tendían a acercarse a cualquier tema o situación con un espíritu crítico.

La Ilustración no alcanzó por igual a todos los estados. En España se desarrolló con los reinados de Fernando VI y Carlos III, considerándose a la Ilustración como “todo para el pueblo pero sin el pueblo”. En Rusia, con el reinado de Catalina la Grande, casi no se percibe la Ilustración; parecida situación se produce en Prusia. es en Francia donde más notoriamente se desarrolla la Ilustración.

Características generales que postula la Ilustración:

1. Los ilustrados identifican la felicidad del ser humano con el bienestar material, con la riqueza.

2. Utilitarismo: El hombre se rige por un fin utilitarista y para ello los filósofos postulan acabar con la sociedad teocéntrica para que el hombre pase a dominar las circunstancias. Esta finalidad se busca para el pueblo pero sin contar con el pueblo.

3. Se considera a la razón como el elemento fundamental. Todo lo que se haga ha de ser producto de un razonamiento (esto supondrá una profunda reforma del derecho, sociedad, etc.).

4. Se hace una crítica bastante serena a la religión. Se acepta la religión pero alejándose de ella. Surge un alejamiento entre el poder político y el religioso. En España, durante el reinado de Carlos III, son expulsados los Jesuitas, situación que también se produce en otro países.

5. Se afirma en esta época la autonomía del hombre. Para ello, se establecen unos nuevos principios morales que parten del Estado, antes partían de Dios (de los principios religiosos). El Estado es quien se garantiza a si mismo el poder y quien tiene que marcar las pautas a sus súbditos.

6. Los ilustrados creen en el progreso. Tienen una confianza ilimitada en sus posibilidades y en el progreso.

7. Los ilustrados defienden el igualitarismo. Se busca la igualdad ante la Ley pero no la igualdad social porqué había desigualdad por estamentos.

8. Se fomenta la idea del individualismo frente al corporativismo del Antigua Régimen (antes de las revoluciones liberales), es decir, que no exista el sometimiento a un gremio.


2.- Corrientes del pensamiento de la Ilustración. Los filósofos.


Los filósofos, atendiendo a la filosofía del momento, tendían a acercarse a cualquier tema o situación con un espíritu crítico. Este pensamiento surge en la Francia del siglo XVIII y se plasma la idea “La Enciclopedia” (obra de Diclerot y D’Alambert). En la Enciclopedia participan Rousseau, Montesquieu y Voltaire. Se reúnen en ella aspectos sobre las “artes útiles” (Matemáticas, Historia, etc.). Se pone de manifiesto la plasmación del espíritu de los filósofos y se analiza todo desde un punto de vista analítico y crítico. En esta obra coincidirían gran parte de los filósofos del momento.

Los filósofos no coinciden en su opinión sobre determinados aspectos aunque si en otros trascendentales. Todos coinciden en el rechazo de la sociedad eclesiástica (sociedad no laica pero si seglar) y en que consideran al Estado como el más importante instrumento del progreso.

El problema que se plantea es cual es el tipo de Estado más adecuado, según Voltaire el absolutismo ilustrado, según Montesquieu la monarquía limitada, y según Rousseau la República en que participen todos.


3.- Planteamientos económicos y jurídicos de la Ilustración


Planteamientos económicos:

Los fisiócratas son, en el terreno económico, lo que son en el ámbito de las ideas o de la razón los filósofos. Constituyen un grupo de pensadores que son el antecedente del liberalismo económico. Propugnan la libertad en asuntos económicos y tienen protagonismo en la Francia de Luis XIV. So economistas que asesoraron a los monarcas franceses para ingresar más recursos que beneficiaran a la sociedad.

Leyes fundamentales de los fisiócratas:

1. Ley del interés: El individuo busca sistemáticamente la máxima satisfacción con el mínimo esfuerzo.

2. Ley de acumulación: Un Estado es más rico si sus súbditos son más ricos. La riqueza general del estado es la suma de todas las riquezas de sus súbditos.

3. Ley de la armonía: En el orden natural, cuando el individuo busca un interés particular, no tiene por que generar conflictos.

4. Ley de la libertad (es un compendio de las tres anteriores).

Con estas leyes se obtiene el máximo rendimiento siempre que la competencia sea perfecta (cuando funciona libremente la oferta y la demanda). Cuando se da esto, se entiende que hay plena libertad.

Planteamientos jurídicos:

Las ideas de la Ilustración va a producir en el planteamiento jurídico un impacto que va a provocar un cambio notable en la producción del derecho que se va a manifestar en dos aspectos:

? Aspecto ideológico.

? Aspecto técnico.


1.-) Aspecto ideológico:

La Ilustración va a promover lo que se conoce como Movimiento Reformista Antiromanista. Hasta el siglo XVIII los Estados de la Europa Continental se rigen por los principios del Derecho Común (Derecho Romano).

Con la Ilustración, ese Derecho Común se considera “viejo” y se produce un movimiento reformista para modificarlo y de carácter antiromanista (contrario al Derecho Romano). Se entiende que el Derecho tiene que ser producto de la razón, del libre entendimiento de la persona y de una mente ilustrada, y se considera que el Derecho Común no lo es. Se fomenta el Derecho del Rey sin influencia del Derecho Romano.

2.-) Aspecto técnico:

Se rechazan las recopilaciones y se fomentan los códigos. Las modificaciones que se hacen plantean recoger el Derecho de forma ordenada como producto de la razón. Los Códigos son leyes que se agrupan por materias. Esto se plasmará en el tiempo de forma distinta en los distintos Estados (en Prusia Códigos del Siglo XVIII y en España un poco más tarde con el Código Civil de Napoleón).

Se puede decir que lo que pretenden los ilustrados. más que cambiar los modos de recopilación del Derecho, pretenden cambiar la procedencia del Derecho. No se trata de una ruptura radical con el pasado pero si supone un inicio hacia esa ruptura. No se trata de destruir, sino que se trata de un proceso de lentas reformas donde se preconiza la conservación de algo del Derecho antiguo y que el nuevo Derecho sea racional, uniforme y emanado de un monarca absoluto e ilustrado. Se entiende que por ser un Derecho racional debe proceder de mentes ilustradas.

Que sea uniforme quiere decir que se fomenta la idea de que todo el Derecho sirva para todo el territorio., el monarca dicta normas de igual aplicación y en los mismos términos para todos. En España, a partir de Carlos III se plantea la posibilidad de que las normas sean comunes a todo el territorio y que el Derecho no sea diferente por estamentos.

En cuanto a ser un Derecho emanado de un monarca absoluto, se entiende que el Rey es la única institución capaz de dictar normas junto con los cargos en que delegue, los Ministros o Consejo real. Los Ministros no están capacitados, por si mismos, para dictar normas pero el Rey les concede la atribución para dictar normas en su nombre, siendo controlados en esa atribución por el propio Rey.

Se considera que se debe buscar un equilibrio entre el Derecho del pasado y el nuevo modificando el Derecho del pasado pero manteniendo el que sea interesante y destruyendo el que no lo sea.

Los planteamientos del movimiento de la Ilustración son:

? Afirmación del Derecho nacional porque es el emanado del monarca y se hace una ofensiva contra el Derecho Común porqué está influenciado por el Derecho foráneo.

? Reforma del Derecho Penal.

? Recepción de cada Estado de los principios fundamentales del Derecho Nacional Naturalista (asunción de los principios básicos de las leyes de Derecho Nacional). Este Derecho tiene que ser un producto de la razón, por lo que se desvaloriza el Derecho Común.

Se produce una lucha entre los grupos que preconizan la reforma y los que no. Los motivos de los que defienden el planteamiento de la permanencia del Derecho Común son:

? El Derecho Común encarna el propio Derecho Natural. Entienden que el Derecho Común, teniendo en cuenta que procede del Derecho Romano, y éste fue la máxima conquista del Derecho, puede servir perfectamente.

? El Derecho Romano, juntamente con el Canónico, es el único Derecho que se estudia en las Universidades y, por tanto, hay más facilidad para conocerlos. Así, en España en el siglo XVIII se obligó a las Universidades a impartir el Derecho del Rey.

En cambio, los que se oponen al Derecho Romano o Derecho Común desarrollan una serie de posturas como:

? Conforme a los principios que imperan en la época, el absolutismo monárquico, únicamente es el Rey el que tiene la supremacía legislativa y por ello puede derogar los principios del Derecho Común e imponer su Derecho, que se entiende que proviene de la razón.

? El Derecho Romano choca contra los planteamientos racionales del nuevo siglo porqué se considera que es un Derecho antiguo y foráneo.

? El nuevo Derecho también va a estar fomentado por la aparición de obras doctrinales producto de mentes ilustradas (obras hechas por y para juristas) con la finalidad de que se pueda conocer el nuevo Derecho en la Universidad.

A finales del siglo XVIII, el Derecho Nacional ha triunfado frente al Derecho Canónico (aunque este último se sigue estudiando en las Universidades). Otro Derecho en el que se aprecian notablemente las nuevas ideas ilustradas es el Derecho Penal. Las características del Derecho Penal anterior a la Ilustración eran:

? Exceso de leyes con la finalidad de entrometerse en todos los aspectos de la sociedad.

? Se mantienen delitos de carácter religioso procedentes de la época medieval, confundiendo el orden civil con el eclesiástico.

? Es un Derecho que reconoce un alto grado de discrecionalidad a los jueces ya que no estaban tipificados todos los delitos. El libre arbitrio del juez era el que decidía, lo cual supone una inseguridad jurídica.

? No todos los delincuentes tenían la misma consideración. Según los distintos estratos grupales o territoriales se hacen condenas o no. Por ejemplo, el tratamiento para los eclesiásticos era distinto.

? Las penas eran excesivamente duras, se pretendía imponer el terror.

En la segunda mitad del siglo XVIII, concretamente en el año 1764 se publicó la obra “De los delitos y las penas” del italiano Cesar de Beccaria, que propugna un nuevo Derecho Penal diferente del Derecho que existía hasta entonces para que tenga un tratamiento diferente con los reos. Esta obra está influenciada por los planteamientos de Montesquieu que apuntaba la posibilidad de ciertas reformas del Derecho Penal.. Se pretende que se asegure la libertad del ciudadano, eliminar el terror, que el reo sea juzgado con justicia y que las penas sean superiores al delito cometido. Los planteamientos principales de la obra de Beccaria son:

? Legalidad del Derecho Penal: Entiende que la Ley Penal tiene que ser clara, legible y sencilla, evitando la arbitrariedad del juez.

? El reo no puede ser considerado culpable antes de que se dicte sentencia y por ello propugna la abolición de la tortura.

? Acabar con las desigualdades del Derecho Penal. Propugna la igualdad del Derecho Penal para todos los ciudadanos.

? Propugna que las penas sean moderadas, eficaces y disuasorias.

? Proporcionalidad de las penas.

? Abolición de la pena de muerte. Considera la reeducación como una posible medida a tomar.


4.- Los Planteamientos Políticos de la Ilustración . El Despotismo Ilustrado.


Surge en varios países europeos aunque es en Francia donde tiene más intensidad. Los monarcas propugnan una reforma en la estructura del Estado. Es la plasmación en la política de la doctrina de los ilustrados. Los ilustrados tienen distintos planteamientos políticos.

Voltaire entiende que un monarca puede ser absoluto siempre y cuando sea ilustrado. Montesquieu dice que no puede ser asumible que todo el poder quede en manos de una persona y plantea el principio de separación de poderes. Cree que todo el poder no puede recaer en una única persona porqué esto lleva a la corrupción. La división que propugna es la siguiente:

? Poder ejecutivo: El monarca.

? Poder legislativo: Órgano para elaborar normas que según Montesquieu deberá tener una soberanía compartida con el Rey.

? Poder judicial: Al margen de los anteriores , es el que se encarga de dictar sentencias.

Montesquieu propugna, además, que esto quede reflejado por escrito en Constituciones como fue el caso en alguna Constitución europea. Locke es otro pensador que siguió la línea de Montesquieu.

Planteamientos del Despotismo Ilustrado:

? Plantea posturas de corte centralizador: Creación de un amplio cuerpo de funcionarios y de empleados públicos que dependían del monarca con la finalidad de controlar todos los resortes del poder. El ejemplo de esa figura, en el caso de Francia, es el de los intendentes que servían para centralizar el poder en el Estado.

? Reforma de la educación: Se plantea acabar con el protagonismo de la Iglesia y fomentar el estudio de las disciplinas útiles (medicina, matemáticas, etc.) porqué ello se plasmaría en una estructura del Estado más racional.

? Fomento al desarrollo de intensos programas de desarrollo económico, principalmente en los sectores agrícola e industrial.

? Eliminar todas aquellas trabas que impidan la liberalización de la sociedad. Para ello, se tomaron dos tipos de medidas:

Políticas de desamortización (en España realizada por Mendizabal).

Desvinculación de los señoríos y por tanto el libre acceso al comercio de la tierra. Significa que tradicionalmente se consideraba a la tierra como el elemento que preservaría el poder político y eclesiástico. Existía el mayorazgo, los propietarios no podían vender la tierra. En el siglo XIX se producen una serie de medidas que permiten que los propietarios puedan vender sus tierras y que las puedan comprar otros, especialmente la burguesía.

? Abogan por una sociedad secular: Priman aspectos diferentes a la religión. Propugnan un máximo poder para las casas reinantes. Se producen expulsiones de los Jesuitas lo que conlleva la resolución de un choque entre el poder civil y el eclesiástico.

? Los monarcas pretenden recuperar las regalías reales. Se trata de atribuciones que los monarcas dejaron en manos de otros grupos, es decir, los poderes señorial y eclesiástico tenían atribuciones competenciales del monarca. Los monarcas plantean convertirse en monarcas absolutos.

? El Derecho tiene que emanar del monarca. Como consecuencia de todo lo anterior, todos los órganos que no dependan del monarca deben ser anulados, por ejemplo las Cortes en España. Durante el siglo XVIII en España hay un modelo unificado salvo en Navarra. Los monarcas pretenden acabar con las Cortes, es decir, anular los poderes intermedios de la sociedad. Se pasa a dar mucha importancia al Consejo del Rey, del cual emanan gran parte de las disposiciones del siglo XVIII.
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Citas.

  • Más veces descubrimos nuestra sabiduría con nuestros disparates que con nuestra ilustración - (Oscar Wilde)



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